¿Está preparada tu empresa para una fiscalización de SUNAT?
Durante una fiscalización tributaria, no basta con registrar los gastos en la contabilidad o contar con comprobantes de pago. La empresa debe estar en condiciones de demostrar la realidad de sus operaciones y sustentar el tratamiento tributario aplicado, de acuerdo con la naturaleza de cada operación y la legislación vigente.
En el caso de la deducción de costos y gastos para determinar el Impuesto a la Renta empresarial, existen cuatro criterios especialmente relevantes: fehaciencia, causalidad, razonabilidad y generalidad. Conocerlos permite identificar riesgos y mejorar los controles internos antes de una revisión de la Administración Tributaria.
1. Fehaciencia: demostrar que la operación existió
La empresa debe acreditar la realidad de los bienes adquiridos o servicios recibidos. Para ello, es importante conservar comprobantes de pago y documentación complementaria, como contratos, órdenes de compra, informes de servicio, entregables, constancias de recepción y evidencias de pago, según corresponda.
Un comprobante de pago, por sí solo, puede no ser suficiente para demostrar que una operación efectivamente se realizó.
2. Causalidad: vincular el gasto con el negocio
El gasto debe guardar relación con la generación de rentas gravadas o el mantenimiento de la fuente productora. Por ejemplo, los servicios contratados para apoyar las operaciones de la empresa deben contar con sustento que permita explicar su finalidad y vinculación con la actividad empresarial.
Los gastos personales de socios o directivos no se convierten en deducibles por el simple hecho de registrarse en la contabilidad de la compañía.